
Derogación de la sedición: el Gobierno reduce las inhabilitaciones para acelerar la vuelta de Junqueras a la política
La reforma del Código Penal que impulsa el Gobierno a través de los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos tendrá como consecuencia práctica el retorno de forma mucho más temprana de lo previsto de Oriol Junqueras a la política institucional. Según la Proposición de Ley que se presentará hoy y a la que ha tenido acceso ABC, los delitos que se cometieron en el año 2017 serán castigados con penas « de tres a cinco años e inhabilitación especial para cargo público por el mismo tiempo. Además, «en caso de hallarse los autores constituidos en autoridad la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años ». El punto 14 de la reforma del Código Penal suprime el capítulo I del título XXII del Código Penal . Es el apartado en el que se recogían desde el artículo 544 al 549 los detalles del delito de sedición. A continuación se procede a la modificación del artículo 557 en el que se detalla algo más los delitos que quedan amparados en ese artículo para encajar algunos de los sucesos acaecidos en Cataluña en 2017 como la obstaculización de vías públicas o la invasión de edificios o instalaciones. En la nueva redacción, que también rebaja en un año la pena máxima de desórdenes públicos, se estipula que «serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios». Y añade: «Los hechos descritos en el apartado anterior serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público. En caso de hallarse los autores constituidos en autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años». En cualquier caso y aunque al presidente de ERC , Oriol Junqueras, se le aplicase la consideración máxima en virtud de su posición en los hechos de 2017, podría volver a integrar una candidatura electoral mucho antes del 5 de julio de 2031 en que se extinguía actualmente su situación de inelegible. La vuelta concreta de Junqueras queda pues abierta. No se puede determinar con exactitud. «A partir de aquí son los jueces los que deciden», señalan fuentes parlamentarias. Lo que sí es seguro es que se producirá años antes de lo previsto. En la propuesta de reforma no aparece ningún punto en el que se modifique el Código Penal en lo relativo al delito de rebelión, que conlleva penas de hasta 30 años de prisión. Este delito, por el que fueron inicialmente imputados los cabecillas del proceso independentistas, no fue finalmente el que se ajustó según el Tribunal Supremo a los hechos cometidos. Pedro Sánchez, siendo todavía líder de la oposición, planteaba en 2018 que había que «actualizar» el delito de rebelión para adaptarlo a «hechos que eran inimaginables hace años», porque en su redacción actual «está absolutamente vinculada a golpes militares». Insistía en que es necesario adaptar su redacción «a la España del siglo XXI». Noticia Relacionada estandar No Aragonès insta a Sánchez a ir más allá tras derogar la sedición: el objetivo es «volvera votar» Àlex Gubern El presidente catalán no descarta más reformas legales hacia la «desjudicialización completa» Ese fue el planteamiento de Pedro Sánchez entonces. El Supremo al dictar sentencia no apreció efectivamente que los hechos cometidos se adaptasen a la redacción y los supuestos que el Código Penal preveía para la rebelión. Por eso, una modificación del mismo para adecuar ese delito a algunos de los hechos que sucedieron en Cataluña. Con la reforma que ahora se plantea queda un espacio amplísimo entre el delito de desórdenes públicos y el actual de rebelión que se demostró no aplicable a los sucesos cometidos. Y eso llama la atención no solo porque Sánchez abandona su posición respecto a la actualización de la rebelión , sino porque ayer mismo en la entrevista en la que anunció la medida, el presidente del Gobierno aseguró que en su opinión el artículo 155 de la Constitución debería haberse aplicado antes de lo que se hizo en 2017, en referencia a los días 6 y 7 de septiembre en los que el Parlamento de Cataluña aprobó las leyes de desconexión. En esta reforma tampoco se aborda evidentemente la promesa electoral de Pedro Sánchez en noviembre de 2019 de incorporar como delito en el Código Penal la convocatoria de referéndum ilegal . Fue una promesa contraída en el debate electoral previo a las elecciones del 10 de noviembre. Noticia Relacionada estandar No Sánchez anula la sedición por la vía rápida y sin los órganos consultivos Víctor Ruiz de Almirón El presidente anuncia que se hará a través de los dos grupos parlamentarios para agilizar la reforma por un vía que evita los informes de los organismos consultivos Al optarse por una proposición de ley de los grupos parlamentarios los plazos se acelerarán. En el caso de un proyecto de ley del Gobierno primero se aprueba el Anteproyecto, después hay un plazo para que los órganos consultivos emitan sus dictámenes. Que aunque no son vinculantes sirven para mejorar el texto desde el punto de vista jurídico. Luego el Gobierno aprueba el Proyecto de Ley y ya llega al Congreso. Pero con la vía escogida todos estos pasos previos se eliminan. La Mesa podría calificar ya la próxima semana esta reforma para que sea elevado al pleno para su toma en consideración. Está garantizada que se supere la mayoría absoluta. Entonces pasaría a Comisión para elaborar la ponencia y después volvería al pleno del Congreso y luego al Senado para su aprobación definitiva. Según cálculos parlamentarios en seis meses como máximo podría estar aprobada.